SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0851/2006-R
Fecha: 29-Ago-2006
concede parcialmente
La Resolución de 23 de noviembre de 2005, cursante de fs. 408 a 410 vta., pronunciada el por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, concede parcialmente el recurso, con relación a la imposición de una sanción no prevista en el Estatuto vigente de la Cámara Departamental de la Pequeña Industria y Artesanía, y declara ilegal la imposición de la misma, disponiendo que el Tribunal de Honor pronuncie nueva resolución a la brevedad posible, aplicando exclusivamente la sanción prevista en el Estatuto, los principios generales del derecho y de la Constitución Política del Estado, con responsabilidad a calificarse en ejecución de sentencia, bajo estos fundamentos: 1) el art. 30 del Estatuto de la Cámara Departamental de la Pequeña Industria y Artesanía establece una sanción de seis meses y sólo en caso de no existir enmienda en la conducta, la misma sería definitiva y; 2) en este caso, los recurrentes asumieron defensa en el proceso disciplinario que se les instauró, y si bien el trámite se enmarcó al procedimiento señalado en el Estatuto, a momento de imponer la sanción en el fallo final, de suspensión de cinco años de sus derechos de socios, el Tribunal de Honor se excedió en sus facultades y competencias definidas por el citado instrumento.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- concede parcialmente
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- derecho a la seguridad jurídica
- derecho a la defensa
- debido proceso,
- III.2. Análisis de la presente problemática.
- APRUEBA