Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0851/2006-R
Fecha: 29-Ago-2006
II.3.
II.3. A través de la Resolución de 30 de junio de 2005 (fs. 400 a 401), el Tribunal de Honor resolvió declarar responsables de infringir los arts. 25, 26 y 27 del Estatuto Orgánico de la Cámara Departamental de la Pequeña Industria y Artesanía, a los hoy recurrentes, imponiéndoles la sanción de suspensión de cinco años de sus derechos de socios, “de conformidad a lo establecido por el art. 25” de dicho Estatuto, debiendo su readmisión ser decidida por Asamblea General, en cumplimiento al art. 28 del citado instrumento.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- concede parcialmente
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- derecho a la seguridad jurídica
- derecho a la defensa
- debido proceso,
- III.2. Análisis de la presente problemática.
- APRUEBA