SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0851/2006-R
Fecha: 29-Ago-2006
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes señalan que los demandados habrían conculcado sus derechos a la seguridad jurídica, a emitir sus ideas y opiniones, a reunirse y asociarse, al trabajo, a la defensa, y la garantía del debido proceso, por cuanto iniciaron y tramitaron un proceso disciplinario en su contra sin que exista un procedimiento establecido en el Estatuto de la entidad, emitieron la Resolución de 30 de junio de 2005, en la que los declaran responsables de infracciones, y les imponen la sanción de suspensión de sus derechos socios por cinco años, cuando esa sanción no está contemplada en el Estatuto que permite la suspensión sólo por seis meses. Corresponde establecer, en revisión, si en este caso es posible otorgar la tutela impetrada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- concede parcialmente
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- derecho a la seguridad jurídica
- derecho a la defensa
- debido proceso,
- III.2. Análisis de la presente problemática.
- APRUEBA