SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0910/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0910/2006-R

Fecha: 18-Sep-2006

III.3.

III.3. Por otra parte, es preciso señalar que este Tribunal de manera reiterada ha señalado que a través del amparo constitucional no se puede ingresar a examinar si las autoridades recurridas actuaron sin competencia o usurparon funciones que no les corresponde, existiendo un recurso específico que está establecido expresamente en la Constitución Política del Estado y en la Ley del Tribunal Constitucional, cual es el recurso directo de nulidad, por cuanto a través del recurso de amparo constitucional no se pueden declarar nulos los actos realizados sin competencia. Así, la jurisprudencia constitucional ha señalado que: “respecto a que el Tribunal recurrido hubiese actuado sin competencia, este es un aspecto que no corresponde ser considerado a través del presente recurso, por existir para el efecto otro expresamente establecido por la Constitución y desarrollado por la Ley del Tribunal Constitucional, pues no se pueden declarar nulos mediante el amparo actos realizados sin competencia, ya que esta acción tutelar tiene como finalidad exclusiva la protección de los derechos fundamentales de las personas, en tanto no exista otro medio para ello”. En ese sentido las SSCC 1353/2001-R, 1575/2002-R, 1209/2003-R, 1099/2004-R y 0348/2005-R, entre otras.