SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0944/2006-R
Fecha: 26-Sep-2006
i)
El recurrente afirma que se vulneraron los derechos de su representado a la defensa y al debido proceso por lo siguiente: i) se incurrieron en fallas en su notificación con la audiencia de confesión, pues se lo hizo directamente por cédula y a su Defensora de Oficio de la instrucción, cuando para el plenario se le debió nombrar otro defensor; ii) su Defensor de Oficio en el plenario no ejerció defensa formal ni material, pues no se argumentó que malos funcionarios de la Aduana se dedicaban a falsificar pólizas, no demostró que en el proceso no existía daño ya que su mandante hizo una dación de pago que fue rechazada y no solicitó un avalúo pericial para demostrar que el valor del vehículo dado en garantía superaba el monto de la obligación; iii) la ex Jueza Cuarta de Partido en lo Penal le asignó como Defensor de Oficio a Mauricio Jemio quien no estaba asignado a su Juzgado; iv) el querellante faltó a la ética al no señalar su domicilio en la querella el cual era de su conocimiento y; v) solicitó al Juez de Partido en lo Penal Liquidador la nulidad de obrados, la cual fue corrida en vista fiscal sin que conmine al Fiscal a la devolución del expediente pese a que transcurrió más de un mes. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela solicitada.