AUTO CONSTITUCIONAL 0003/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0003/2007-RCA

Fecha: 04-Ene-2007

a partir del conocimiento del acto ilegal u omisión indebida

En este sentido la jurisprudencia emitida por este Tribunal ha sido uniforme, así la SC 1315/2002-R, de 1 de noviembre, entre otras, han determinado que el plazo máximo para interponer el amparo es de seis meses computables a partir del conocimiento del acto ilegal u omisión indebida o del agotamiento de los medios administrativos u ordinarios previstos en la ley, lo que determina que el presente caso sea declarado improcedente in limine; del análisis, de las piezas procésales arrimadas al expediente, se advierte que el recurrente no cuenta con poder suficiente para interponer el presente amparo, sin embargo, al concurrir la causal de improcedencia por falta de inmediatez, no es necesario ingresar a otras consideraciones de orden legal y procesal.