AUTO CONSTITUCIONAL 035/2007-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 035/2007-CA

Fecha: 22-Ene-2007

II.2.3.

II.2.3. Finalmente, el incidente de inconstitucionalidad, tampoco cumple los requisitos establecidos por el art. 60 de la LTC, puesto que si bien en la demanda se cita la norma legal impugnada (Resolución 233/2004, de 13 de septiembre); empero, no se hace mención a ningún derecho o derechos que hubiesen sido lesionados; por ende, tampoco se establece o precisa la vinculación de  éstos con la disposición legal impugnada.