SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0006/2007
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0006/2007

Fecha: 30-Ene-2007

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente interpone recurso directo de nulidad porque considera que la autoridad demandada dictó la RA SPVS-IS 1104 de 12 de octubre de 2006, a nombre de la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, cuando su suplencia temporal había cesado el 25 de febrero de 2006, en que Guillermo Aponte Reyes Ortiz, designado en el cargo por el Presidente de la República, debió reasumir funciones; empero, no lo hizo, sino más bien  presentó renuncia ante el recurrido, autoridad que por ser de jerarquía inferior no estaba facultada para aceptarla, sino única y exclusivamente el Presidente de la República, de quien ha usurpado funciones, por lo que la Resolución impugnada es nula de pleno derecho al haberse prorrogado en su cargo con una simple Resolución Administrativa. Por consiguiente, corresponde determinar si lo denunciado es evidente a los efectos de determinar o no la nulidad de las Resolución impugnada conforme a lo previsto por el art. 31 de la CPE.