Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0022/2007-R
Fecha: 15-Ene-2007
II.3.
II.3. A través de memorial presentado el 13 de agosto de 2002, el recurrente interpuso incidente de nulidad de la citación con el proceso ejecutivo seguido en su contra, argumentando que la citación fue efectuada en un domicilio que ya no era el suyo, por lo que pidió la aplicación del precepto contenido en el art. 121.III del CPC, que dispone la nulidad de la citación cuando sea efectuada en domicilio falso (fs. 80 a 81).