Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0787/2007-R
Fecha: 02-Oct-2007
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
Los recurrentes, por medio de su abogado, ratificaron los términos de su memorial de amparo y ampliándolos manifestaron que no existe en el acta de la sesión que impuso la sanción, un recuento de los votos, y que el Estatuto no prevé este tipo de castigo; finalizan señalando que no pueden esperar treinta días para presentar su reclamo en un ampliado.