SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0793/2007-R
Fecha: 02-Oct-2007
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente solicita tutela de sus derechos a la dignidad humana, a la seguridad jurídica, a la petición y a la defensa y de la garantía del debido proceso, consagrados en los arts. 6.II, 7 incs. a) y h) y 16 de la CPE; los cuales considera lesionados por los recurridos, quienes sin que exista un proceso universitario en su contra emitieron la Resolución 160 A/2006 excluyéndolo de las planillas de pago de sueldos, y no atendieron a sus solicitudes de anular esa Resolución lesiva a sus derechos. En consecuencia, en revisión de la Resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del recurrente, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.