AUTO CONSTITUCIONAL 0204/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0204/2007-RCA

Fecha: 12-Dic-2007

2º      Disponer

2º      Disponer que el Tribunal de amparo, con carácter previo, a la ADMISIÓN del recurso, otorgue el plazo de cuarenta y ocho horas previsto por el art. 98 de la LTC, a efecto de que se subsane el requisito de forma extrañado en el Fundamento Jurídico II.3 del presente Auto Constitucional y de acuerdo al resultado se pronuncie la resolución que corresponda conforme a ley.