RECHAZA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en virtud de lo establecido por los arts. 31 inc. 1), 33.I inc. 1) y 82.III de la LTC, RECHAZA el recurso directo de nulidad interpuesto por Eddy Velasco Mamani contra Zoilo Moncada Cortéz, Director General Ejecutivo del Sergeotecmin, demandando la nulidad de la Resolución 001/2007 de 10 de agosto y memorando SGTM.DAF.RR.HH.M-530/2007 de 27 de agosto.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Antecedentes
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- I.3. Petición
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad y atribución de la Comisión de Admisión
- no debe entenderse que tal protección constitucional sea aplicable a supuestas infracciones al debido proceso,
- II.3. Análisis del caso de autos
- Juez natural competente
- se activa el amparo constitucional para otorgar la protección efectiva e inmediata al referido derecho
- a)
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