APRUEBA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 31 inc. 4) y 64.III de la LTC, concordante con el art. 33.I inc. 1) de la misma Ley, APRUEBA la Resolución de 20 de agosto de 2007, por la que se rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad formulada por Jorge Suárez Gómez contra el art. 29.II del CC.
