II.2.2.
II.2.2. El art. 61 de la LTC establece que: “El recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad podrá ser presentado por una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo, aún en recurso de casación y jerárquico, antes de la ejecutoria de la Sentencia”(las negrillas son nuestras).
En el caso de autos, consta que dentro del proceso coactivo instaurado por el Banco Ganadero S.A. de Trinidad contra Herlan Suárez Gómez, Jorge Suárez Gómez y otros, se dictó la correspondiente sentencia el 1 de febrero de 2007, por la cual el Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial de Trinidad declaró probada la demanda coactiva de referencia (fs. 16 a 17), fallo con el cual se notificó por cédula al hoy incidentista el 28 de ese mismo mes (fs. 28), y cinco meses después, el 3 de agosto de 2007, se planteó el presente incidente de inconstitucionalidad (fs. 31 a 34).
