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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0048/2007
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0048/2007

    Fecha: 12-Dic-2007

    II.5.

    II.5.  A través de la nota de 6 de mayo de 2007, el recurrente expresó a la Rectora recurrida su voluntad de acogerse a la jubilación, solicitando se realicen los trámites pertinentes (fs. 145). En virtud a dicha solicitud, a partir del 20 de junio de 2007, el actor dejó de percibir sus haberes (fs. 138).

    • recurso directo de nulidad
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.2. Autoridades recurridas y petitorio
    • 1)
    • I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3.
    • III.4.
    • Fragmento 15

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