AUTO CONSTITUCIONAL 0037/2007-RCA
Fecha: 06-Feb-2007
Fragmento 1
En revisión la Resolución 17 de octubre de 2006, cursante a fs. 60 y vta., pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional, interpuesto por Moisés Kestenbaum Gamarra contra Rosario Rioja de Estremadoiro, Raúl Pablo Brañez Galindo y Oscar Freire Arze, Vocales de la Sala Social Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba; Juan Montoya Caballero, Juez Primero de Partido Administrativo Coactivo Fiscal y Tributario y Wilson Delgadillo Ávila, Oficial de Diligencias, por haber vulnerado sus derechos a la seguridad jurídica, a la defensa y la garantía del debido proceso, los dos últimos previstos por el art. 16.II y IV de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la demanda
- improcedente in límine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 5
- El recurso de amparo no procederá contra las resoluciones judiciales que por cualquier otro recurso puedan ser modificadas o suprimidas aún cuando no se haya hecho uso oportuno de dicho recurso
- Fragmento 7
- II.3.
- APROBAR