SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0052/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0052/2007-R

Fecha: 07-Feb-2007

III.1.

III.1. El recurso de amparo constitucional previsto por el art. 19 de la CPE, ha sido instituido para preservar los derechos y garantías fundamentales de la persona ante actos ilegales u omisiones indebidas de funcionarios y particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir tales derechos reconocidos por la Constitución y las leyes, siempre que no hubiera otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los mismos.