SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0061/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0061/2007-R

Fecha: 08-Feb-2007

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 19 de diciembre de 2006 (fs. 8 a 9 vta.), el recurrente sostiene que al haber sido involucrado en un proceso penal relacionado con la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, se dispuso su detención preventiva por Auto de 6 de septiembre de 2006, habiéndose revocado la medida después de varias audiencias, disponiéndose como medidas sustitutivas una  garantía de Bs25 000.- (veinticinco mil bolivianos), arraigo, presentación semanal y prohibición de comunicarse con los otros coprocesados, testigos y otros.

Alega que conforme a la copia que adjunta, efectuó el depósito por la suma de $us 3100.-(tres mil cien dólares estadounidenses), el talón de ingreso de trámite de arraigo ante la oficina de migración y el certificado de arraigo que acredita el inicio y conclusión de dicho trámite emitido por el Director de Migración, donde aclara que por cambio de domicilio de dicha institución, el sistema computarizado no está conectado, por lo que no podía extender el certificado de arraigo común.

Sostiene que con estos antecedentes, solicitó a la autoridad jurisdiccional extienda mandamiento de libertad, empero la misma se negó aduciendo que se adjunte el certificado de arraigo, no obstante haber presentado memoriales donde se explica que el sistema computarizado en migración no está funcionando.

Puntualiza que el art. 245 del Código de Procedimiento Penal (CPP), señala que procederá la efectivización de la libertad luego de haberse otorgado la fianza, no señalando la exigencia de exhibir el certificado de migración, aspecto que no fue considerado por la Jueza recurrida, afectando su derecho a la libertad.