Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0061/2007-R
Fecha: 08-Feb-2007
II.5.
II.5. Por escrito de 15 de diciembre de 2006, el recurrente adjuntando la certificación emitida por el Director de Migración, solicitó se ordene se expida mandamiento de libertad (fs. 3), mereciendo la providencia de 15 del indicado mes en sentido de que “estése a lo dispuesto en resolución de fecha 17 de diciembre de 2006” (sic) (fs. 3 vta.).