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    AUTO CONSTITUCIONAL 0060/2007-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0060/2007-RCA

    Fecha: 06-Mar-2007

    APROBAR

    El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 19.IV y 120.7a de la CPE y arts. 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión resuelve APROBAR la Resolución de 7 de noviembre de 2006, cursante a fs. 12, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de la demanda
    • rechazó in limine
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
    • 1. rechacen el recurso, ya sea por incumplimiento de requisitos de fondo o por falta de subsanación de los requisitos de forma dentro del plazo establecido por el art. 98 de la LTC
    • la admisión o el rechazo del amparo constitucional debe resolverse luego de presentado el recurso, para así evitar activar innecesariamente el procedimiento posterior
    • I.-
    • contenido
    • no indicó de qué forma y con qué actos considera que los mismos fueron lesionados
    • el Juez de tutela está obligado a conferir solamente lo que se le ha pedido
    • APROBAR

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