Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0060/2007-RCA
Fecha: 06-Mar-2007
Fragmento 1
En revisión la Resolución de 7 de noviembre de 2006, cursante a fs. 12, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Gladis Sanzetena Castro contra Walker Zamorano Castro, Juez Décimo Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de La Paz, por haber vulnerado sus derechos a la igualdad, a la petición y la garantía del debido proceso, previstos en los arts. 6, 7 inc. h) y 16 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la demanda
- rechazó in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1. rechacen el recurso, ya sea por incumplimiento de requisitos de fondo o por falta de subsanación de los requisitos de forma dentro del plazo establecido por el art. 98 de la LTC
- la admisión o el rechazo del amparo constitucional debe resolverse luego de presentado el recurso, para así evitar activar innecesariamente el procedimiento posterior
- I.-
- contenido
- no indicó de qué forma y con qué actos considera que los mismos fueron lesionados
- el Juez de tutela está obligado a conferir solamente lo que se le ha pedido
- APROBAR