Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0071/2007-RCA
Fecha: 09-Mar-2007
Fragmento 1
En revisión la Resolución de 15 de noviembre de 2006, cursante a fs. 36 y vta., pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Benedicto Salvatierra Lazo y Sonia Zurita de Salvatierra contra Raúl Pablo Brañez Galindo y Ángel Montero Montecinos, Vocales de la Sala Civil Primera de dicha Corte, alegando la vulneración de sus derechos a la vida, al trabajo, a la propiedad privada, a la seguridad jurídica, a la dignidad humana, a la justicia y la garantía al debido proceso, haciendo mención a los arts. 7 incs. a), d), i), 16, 116, 165, 169 y 176 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la demanda
- improcedencia in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1
- Fragmento 6
- II.2.
- el juez de grado inferior prosiga con el remate del bien comprometido en garantía hipotecaria a favor de la parte coactivante, con todas las formalidades de ley
- 19 de agosto de 2005 -
- siempre y cuando exista fundamento jurídico valedero y se esté ante un daño inminente, irremediable o irreparable