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    AUTO CONSTITUCIONAL 0075/2007-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0075/2007-RCA

    Fecha: 13-Mar-2007

    APROBAR

    El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, resuelve en revisión APROBAR la Resolución de 27 de octubre de 2006, cursante a fs. 56 y vta., pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, correspondiendo dejar sin efecto la medida cautelar dispuesta, conforme los argumentos señalados precedentemente.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de la demanda
    • improcedencia in limine
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
    • 1.
    • previamente agote los medios ordinarios o administrativos de defensa para la tutela de derechos fundamentales o garantías constitucionales
    • II.3.  Análisis del caso elevado en revisión
    • siempre y cuando exista fundamento jurídico valedero y se esté ante un daño inminente, irremediable o irreparable
    • APROBAR

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