AUTO CONSTITUCIONAL 0076/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0076/2007-RCA

Fecha: 13-Mar-2007

II.

Las recurrentes indican que las autoridades recurridas han vulnerado sus derechos a la vida, la salud, la seguridad jurídica, al trabajo y dedicarse al comercio y a una remuneración justa, puesto que procedieron a la reubicación de sus puestos de venta sin que dicho cambio hubiera sido consensuado, lo que afectaría negativamente en sus ingresos económicos por la poca afluencia de gente al nuevo lugar asignado para sus puestos de venta. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si existen o no las causales de improcedencia o inactivación del recurso de amparo constitucional motivados por el Tribunal de garantías.