AUTO CONSTITUCIONAL 0076/2007-RCA
Fecha: 13-Mar-2007
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución 71/2006, de 1 de diciembre, cursante de fs. 63 a 64 y vta., de obrados, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Cándida Chinche de Montecinos, Emiliana Pérez Bautista, Elena Mayta Avendaño, Hortencia López Vda. de Tórrez y Ana Verónica Quispe Salazar contra Juan del Granado, Ángel Arteaga Gutiérrez y Ledy Suárez Chávez, Alcalde Municipal de La Paz, Director de Mercados y Comercio en Vías Públicas y Jefa de la Unidad de Comercio en Vías Públicas del Gobierno Municipal de la Paz, respectivamente; por la supuesta vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, al trabajo y a una remuneración justa, invocando al efecto los arts. 7 incs. a), d) y j) de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de la demanda
- improcedente in límine
- II.
- Fragmento 5
- II.2
- referido principio de subsidiariedad
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- Fragmento 9
- II.3. Análisis de la problemática venida en revisión
- APROBAR