Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0097/2007-RCA
Fecha: 22-Mar-2007
Fragmento 1
En revisión la Resolución de 18 de diciembre de 2006, cursante de fs. 38 a 39 de obrados, pronunciada por el Juez de Partido y Sentencia de Viacha, Provincia Ingavi del Departamento de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, interpuesto por Hilaria Ávalos Mújica contra Nixón Mamani Amaru y Daniel Delgado Quispe, Alcalde y Presidente del Concejo Municipal del Municipio de Guaqui; por la supuesta vulneración de su derecho de petición previsto en el art. 7 inc. h) de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la demanda
- rechazó
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1. rechacen el recurso, ya sea por incumplimiento de requisitos de fondo o por falta de subsanación de los requisitos de forma dentro del plazo establecido por el art. 98 de la LTC,
- I.-
- Fragmento 7
- no precisa los derechos y garantías constitucionales que considera restringidos, suprimidos o amenazados
- Fragmento 9
- APROBAR