Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0172/2007-R
Fecha: 23-Mar-2007
II.3.
II.3. Por carta de 12 de diciembre de 2006, dirigida a la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, el Director del Penal de San Sebastián Varones, informó que el representado del recurrente fue puesto en libertad el 11 del mismo mes y año, en virtud de mandamiento de libertad librado por la Jueza Segunda de Ejecución Penal, razón por la cual no podría conducir al interno a la audiencia de hábeas corpus (fs. 8).