Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0207/2007-R
Fecha: 29-Mar-2007
I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
Con la palabra la abogada apoderada del Fiscal General, señaló que dicha autoridad procedió al retiro de la recurrente, en virtud del informe del Fiscal de Distrito de Santa Cruz, que señaló no haberse presentado a la segunda convocatoria externa para Fiscales de Materia y en razón de la impugnación al memorando, se solicitó informe al Fiscal de Distrito quién aclaró que evidentemente se presentó, pero que fue eliminada por ausencia de dos certificaciones, en cuyo mérito el Fiscal General se ratificó en la decisión del retiro.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- Fragmento 6
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- denegado
- APRUEBA