SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0207/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0207/2007-R

Fecha: 29-Mar-2007

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La recurrente señala como afectados los derechos a la igualdad, a la seguridad jurídica, al trabajo, a formular peticiones,  a la defensa y de la garantía del debido proceso, por cuanto encontrándose en ejercicio de las funciones de Fiscal Adjunta del Distrito de Santa Cruz, fue notificada por el Fiscal de Distrito con el memorando 343/2006, emitido por el Fiscal General agradeciendo sus servicios, con el argumento de que no se presentó a la segunda Convocatoria para rendir examen, fundamentos que al no ser evidentes fueron impugnados desvirtuando dicho extremo y haciendo constar no estar sujeta a contrato ni formar parte de la planilla presupuestaria. El 17 de agosto de 2006, fue notificada con la respuesta a la impugnación ratificando el Fiscal General el despido por haber sido inhabilitada ante la falta de presentación de los certificados del Colegio de Abogados y del  REJAP actualizados, fundamentos que al margen de ser ajenos al contenido del memorando de despido, si los certificados no eran de su agrado debieron conminarle dentro de un término prudencial para actualizar dicha documentación, máxime si dichos requisitos no eran indispensables para su habilitación. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 de la CPE.