AUTO CONSTITUCIONAL 0110/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0110/2007-RCA

Fecha: 10-Abr-2007

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

La recurrente señala que se incumplió con lo establecido en la SC 0493/2006-R, al haber sido reincorporada “fugazmente” al cargo de Directora de Recursos Naturales y Medio Ambiente del Municipio de Viacha, para después ser designada Fiscal de Obras a.i., estando obligada a acudir a áreas dispersas y distantes del Municipio, sin considerar que se encontraba dando lactancia, poniendo en riesgo la vida de su hija recién nacida, independientemente que se encontraba nuevamente en estado de gravidez. Agrega que, tampoco cumplieron con el pago de sus haberes devengados y subsidios de prenatalidad y lactancia, pese a los reiterados reclamos efectuados de forma escrita el 12 de enero, 29 de junio, 10 de agosto y 29 de noviembre de 2006, sin que dichas solicitudes fueran atendidas oportunamente, constituyendo retiro indirecto el haberle cambiado de funciones, no pudiendo solicitar la tutela de sus derechos vulnerados a través de la Ley General del Trabajo ni del Estatuto del Funcionario Público al ser funcionaria de libre nombramiento. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si en el presente caso concurre o no el supuesto de rechazo del recurso de amparo constitucional.