AUTO CONSTITUCIONAL 0137/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0137/2007-RCA

Fecha: 30-Abr-2007

rechazó

El Tribunal de amparo mediante Resolución 03/2007 de 19 de marzo, cursante a fs. 7 y vta. de obrados, rechazó in límine el recurso con el fundamento de que: a) No quedó claro si el origen del supuesto embargo es a consecuencia de una acción civil o de otra índole, y que por otro lado acompañó la copia de una querella criminal presentada ante el Fiscal de turno el 12 de marzo de 2007, sindicando a la recurrida y otros del delito de robo agravado por la sustracción de diversos productos, lo que significaría que acudió ante una instancia legal antes de interponer el presente amparo constitucional, alegando los mismos hechos referidos en la presente acción tutelar, de manera que conforme al art. 96.1 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), el recurso no procedería; y b) Al ser el memorial del recurso sumamente escueto no permite colegir de qué manera se hubiera vulnerado los derechos fundamentales del trabajo y la seguridad jurídica, no siendo suficiente la mera cita legal o la invocación de tal vulneración sin explicar razonablemente los hechos que configuran cada una de esas conculcaciones, incumpliendo con los requisitos establecidos en el art. 97. III y IV de la LTC.