Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0199/2007-CA
Fecha: 17-Abr-2007
DISPONE
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 120.7ª de la CPE y 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, con los fundamentos expuestos DISPONE la devolución inmediata del expediente de amparo al Juzgado de Partido de Familia, Niñez y Adolescencia de Quillacollo, para que el titular del mismo, tramite y resuelva el recurso conforme a Ley.