rechazaron
Por Resolución de 26 de marzo de 2007, cursante de fs. 211 a 212, Ivonne Soria Achá, Jenny Rivero Terán y Lizzette Flores Canelas, Presidenta, Miembro y Secretaria del Tribunal Sumariante del Consejo de la Judicatura Distrital Cochabamba, respectivamente, rechazaron la solicitud de promover el incidente argumentando que el recurso incumple los requisitos exigidos por el art. 60 numerales 1, 2 y 3 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), al no haber señalado los derechos supuestamente vulnerados, menos fundamentado jurídicamente su petición ni haber establecido la vinculación de la norma acusada de inconstitucional y su relación con el caso que motiva el recurso.
- Ivonne Soria Achá, Jenny Rivero Terán y Lizzette Flores Canelas, Presidenta, Miembro y Secretaria del Tribunal Sumariante del Consejo de la Judicatura Distrital Cochabamba, respectivamente,
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazaron
- II.2.1. Atribución de la Comisión de Admisión
- procederá
- 3
- cuando exista
- no ha señalado la relevancia jurídico constitucional que tendrá la norma legal impugnada en la decisión del proceso
- APRUEBA
