SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0319/2007-R
Fecha: 24-Abr-2007
1)
El abogado de la recurrente, ratificó los términos del recurso planteado y los amplió señalando que: 1) El Banco Ganadero S.A. que representan, al existir una Sentencia ejecutoriada pasada en autoridad de cosa juzgada, solicitó las medidas previas al remate del bien inmueble dado en garantía hipotecaria por el coactivado a favor de la entidad bancaria, circunstancia por la que a la falta de avalúos del mismo, solicitaron que el Juez de la causa designe un perito de oficio a tal fin, designación que recayó en el arquitecto Roberto Jiménez Blanco, quien realizó su peritaje con un sobreprecio del inmueble de referencia, con el objeto de cobrar una suma exorbitante por concepto de honorarios profesionales, motivando observen y objeten dicho avalúo; 2) Notificado el perito en su domicilio y por cédula con dicha observación, curiosamente se apersona a su nombre y representación Rosario Jiménez Blanco, mediante un poder otorgado a su favor conteniendo el mandato únicamente para que cobre los honorarios profesionales del perito; sin embargo, arrogándose facultades no conferidas ratifica indebidamente el peritaje, irregularidad que no obstante de haber sido denunciada al Juez recurrido, esta autoridad actuando con vulneración de derechos y garantías fundamentales aprueba el avalúo observado, aceptando de esta manera la ratificación de una persona ajena al profesional designado de oficio quien fue el que realizó el avalúo; 3) El Juez como director del proceso tiene la obligación de que los procesos se desarrollen sin vicios de nulidad y que no se vulneren los derechos y garantías de las partes que intervienen en el juicio. Consecuentemente, en esta situación se ha demostrado que la autoridad recurrida ha vulnerado los derechos y garantías del Banco que representan y a efecto de que se reparen de inmediato, solicitan declaren procedente el recurso otorgándoles la tutela solicitada, debiendo dejar sin efecto la Resolución 75/06 de 15 de febrero de 2006 y que nombre a un nuevo perito para que realice el avalúo real del inmueble a rematarse.