SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0338/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0338/2007-R

Fecha: 30-Abr-2007

a)

No se señala en el acta de la audiencia si la autoridad recurrida estuvo presente o no, sin embargo a fs. 30 y vta., cursa el informe escrito en el que refiere lo siguiente: a) Al tratarse de un proceso laboral por pago de beneficios sociales  interpuesto por Luis Cuellar Melgar contra una persona jurídica descentralizada del Estado, ENFE o RED ORIENTAL, concluido con Sentencia y Auto de Vista ejecutoriados, dio cumplimiento al mismo de acuerdo a lo previsto por el art. 216 del CPT y los arts. 514, 517 del CPC; b) Al tratarse de una persona jurídica, esta necesariamente deben estar representadas por su presidente, gerente o administrador como disponen los arts. 72, 112, 120 del CPT; c) La Sentencia recayó en la persona de su representante Juan Carlos Costas Saucedo y Vicente Gutiérrez Aguilera, posteriormente ingresaron  Freddy Céspedes Soliz y Juan Carlos Díaz, a quienes se conminó al cumplimiento de la Sentencia cuando se devolvió con el Auto de Vista confirmatorio; d) Posteriormente el demandante indicó que el representante legal regional de ENFE  era José Félix Quiroz, por lo que dispuso que se acredite dicha designación, es así que acompañó la Circular 001/2006 demostrando que el Director Regional de ENFE era José Félix Quiroz a quien se libró el mandamiento de apremio; e) El problema es que ENFE, siempre está cambiando de representantes, y ya en su oportunidad se conminó al pago a sus respectivos representantes y no se puede estar repitiendo dichas conminatorias, se entiende que las personas jurídicas  ya están obligadas por disposición de la ley y si un nuevo asume el cargo se presume legalmente que está enterado de dicha disposición perentoria de ley, es así que no infringió norma alguna por el contrario dio cumplimiento a la ley.