AUTO CONSTITUCIONAL 0008/2007-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0008/2007-O

Fecha: 10-May-2007

II.2.

II.2. Por nota de 18 de diciembre de 2006, el Presidente del Concejo Municipal de Aucapata comunicó a la recurrente que “…la nota que me ha sido enviada con la Sentencia Constitucional, carece de valor legal, por lo que Ud. debe apersonarse al Juzgado donde se sustanció el proceso en primera instancia, vale decir al Juzgado de Puerto Acosta y solicitar la notificación conforme a derecho”.