Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0150/2007-RCA
Fecha: 18-May-2007
II.
La recurrente manifiesta que los recurridos han lesionado su derecho a la dignidad, a la intimidad, a la imagen y privacidad de su grupo familiar, al haber utilizado fotografías donde aparecen ella en estado de gravidez, su esposo y dos de sus hijos menores de edad, en la publicidad de dos carteles gigantes expuestos en la carretera a Cotoca, sin que hayan dado su consentimiento para que la empresa GRENTIDEM S.A. proceda a exhibir su imagen lesionando sus derechos y la dignidad de su familia. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si concurren o no las causales de improcedencia o rechazo del recurso de amparo constitucional.
- recurso de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de la demanda
- improcedente in límine
- II.
- Fragmento 5
- referido principio de subsidiariedad
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así:
- II.3. Análisis de la problemática venida en revisión
- APROBAR