II.1.
El recurso directo de nulidad es una acción jurisdiccional de control de legalidad sobre los actos o resoluciones de las autoridades públicas, con la finalidad de declarar expresamente la nulidad de los actos usurpadores de las competencias delimitadas por la Constitución Política del Estado y las leyes, y que opera como un mecanismo reparador a objeto de materializar la garantía contenida en el art. 31 de la CPE.
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- II.1.
- ello no debe entenderse que tal protección constitucional sea aplicable a supuestas infracciones al debido proceso
- II.2. Exigencia de los requisitos de admisibilidad
- II.2.1. De los requisitos formales o subsanables y requisitos de contenido o insubsanables en los recursos constitucionales
- el art. 82.II de la LTC,
- el recurso sólo fue planteado contra Benigno Bohórquez Morales
