AUTO CONSTITUCIONAL 240/2007-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 240/2007-CA

Fecha: 07-May-2007

I.1. Antecedentes

Por memorial presentado el 27 de abril de 2007 (fs. 34 a 37) el recurrente señala que el 15 de febrero del año en curso, la empresa a la que representa decidió iniciar un proceso administrativo contra la funcionaria Rose Mary Smith Flores Troche ante el incumplimiento de las funciones que le fueron asignadas, destrucción de instrumentos de trabajo, percibir una remuneración de una institución ajena a la entidad en contravención a instrucciones y normas, utilizar pasajes de la empresa pese a la instrucción de que no lo hiciera, y una serie de faltas y contravenciones contra el personal y clientes de la compañía; empero, cuando comenzaba dicho proceso, el 21 de febrero de 2007, ante la denuncia a la Jefatura Departamental del Trabajo por suspensión de su fuente laboral, interpuesta por dicha funcionaria, fue notificado con la realización de una audiencia conciliatoria a la que asistió y en la que le informaron que sería atendida por el recurrido Jefe Departamental del Trabajo, aspecto que mereció la queja respectiva; empero, luego de varios intentos de arreglo, pese a la voluntad de llegar a un acuerdo, la conciliación fracasó.

Agrega que, el 3 de abril de 2007, fueron notificados con la Resolución que ahora impugna, en la que de manera escueta y sin respaldo legal se ordenó la reincorporación inmediata de Rose Mary Smith Flores Troche, habiéndose apersonado el Inspector del Ministerio del Trabajo a sus oficinas, el 12 de abril del año en curso, para preguntar si se reincorporaría a dicha funcionaria, para posteriormente, en cumplimiento de la RA 609-07 ser notificados el 19 de abril del presente año, con una conminatoria de reincorporación firmada por la autoridad recurrida.