SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0022/2007
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0022/2007

Fecha: 16-May-2007

II.4.

II.4.  Radicado el recurso de apelación mediante decreto de 3 de enero de 2007 en el Juzgado Segundo de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santa Cruz (fs. 199 vta.), el 2 de febrero de 2007 ingresó el expediente a despacho, por encontrarse el Juez con licencia, según el cargo de la fecha, siendo pronunciado el Auto de Vista 69 de 2 de febrero de 2007, confirmando la Resolución de aprobación de remate de 5 de octubre de 2006, con el fundamento de que el plazo establecido por el art. 541 del CPC corre para el adjudicatario y no para el caso de sobreseimiento del juicio ejecutivo, no siendo valederos los argumentos del recurso de apelación (fs. 206 vta. a 209 vta.).