Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0366/2007-R
Fecha: 09-May-2007
denegado
Por consiguiente, el Juez de amparo al haber denegado el recurso haciendo un análisis de fondo, no ha valorado correctamente los hechos ni los alcances del art. 19 de la CPE, por cuanto correspondía hacer un estudio formal del caso y declarar su improcedencia, conforme a la terminología empleada por la SC 0505/2005-R de 10 de mayo.