SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0366/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0366/2007-R

Fecha: 09-May-2007

II.3.

II.3.  Por Auto de 13 de agosto de 2005, el Juez recurrido indicó no ser atendible lo solicitado por la representada del recurrente al contar el proceso ejecutivo con autoridad de cosa juzgada conforme al art. 515 del CPC, correspondiendo únicamente su aplicación estricta cual prevé el art. 514 del mismo cuerpo legal (fs. 10). Contra este Auto, la representada del recurrente no planteó recurso alguno.