SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0378/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0378/2007-R

Fecha: 10-May-2007

improcedente

La Resolución 6 de 12 de abril de 2007, cursante a fs. 12 y vta., declaró improcedente el recurso, recomendando al Juez recurrido que dé mayor celeridad al trámite, con los siguientes argumentos: 1) El Juez ha actuado conforme a su sano criterio al disponer que el asunto pase a conocimiento del Ministerio Público para después disponer lo que creyere conveniente, interponiéndose este recurso sin esperar la resolución judicial respectiva; 2) Cuando la parte interesada considera que se están vulnerando sus derechos inmediatamente debe acudir ante el propio Juez de la causa para que se corrija esta situación, tomando en cuenta que el recurso de hábeas corpus no es supletorio de otros medios inmediatos para hacer valer los derechos vulnerados; y 3)  No existe detención o procesamiento indebidos, ya que el Juez únicamente estaba cambiando la situación de detención preventiva del imputado y no otorgó la libertad en ningún sentido.