Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0393/2007-R
Fecha: 15-May-2007
II.2.
II.2. Por Auto de 17 de marzo de 2007, la autoridad recurrida dispuso medidas sustitutivas a la detención preventiva a favor de la recurrente, consistentes en: “1.- La obligación de presentarse ante la señora fiscal encargada de la investigación, cada 7 días; 2.- La prohibición de salir del país y por ende del departamento, para dicho fin se ordena el arraigo correspondiente; 3.- La presentación de dos garantes solventes con domicilio conocido y acreditado con el correspondiente certificado domiciliario” (fs. 1 a 6).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- III.1.
- Fragmento 10
- III.2. Respecto a la facultad del juez cautelar de apartarse de la medida cautelar solicitada.
- 348/2001-R,
- III.3. El caso en análisis
- APROBAR