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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0428/2007-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0428/2007-R

    Fecha: 23-May-2007

    b)

    b) El recurrente tenía el recurso de reconsideración previsto por el art. 22 de la LM y no debió recurrir directamente al recurso de amparo constitucional, equivocando de esa manera la vía de impugnación de la Resolución Municipal 08/2006 de 8 de junio, que aprueba la moción de censura constructiva.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
    • a)
    • b)
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.9.
    • III.1. Legitimación pasiva como requisito de admisión del recurso
    • III.2..
    • APROBAR

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