III.2.
III.2. Sin embargo, a través de la Resolución Ejecutiva 062/2007, el Alcalde Municipal de Santa Cruz nuevamente ha revocado la RA 2003/58, por la que se autorizó el colocado de sellos de aprobación de planos de construcción, determinando, además, que en cuanto a la solicitud de paralización y/o demolición de obra, se actúe por las Direcciones pertinentes del Gobierno Municipal; con todo lo que se constata que no se ha cumplido cabalmente la SC 1319/2006-R, puesto que no basta con ejecutar actos administrativos formales, sino que en el contenido de los mismos se debió observar lo dispuesto por la Resolución de este Tribunal, que claramente señaló que la Resolución 2003/58 o 58/2003 -como indistintamente se la identifica en el trámite administrativo-, no fue observada en tiempo oportuno razón por la que ya no podía ser modificada.
En consecuencia, el Alcalde Municipal de Santa Cruz, pese a la conminatoria efectuada por el Tribunal de amparo, no ha dado cumplimiento a lo dispuesto en la SC 1319/2006-R, por lo que corresponde remitir antecedentes al Ministerio Público a los fines dispuestos por el art. 104 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).
- denuncia de incumplimiento
- I.1.
- I.2.
- I.3.
- I.4.
- II.1.
- reponiendo la Resolución 2003/58, por la que la Dirección General de Desarrollo Territorial y la Dirección de Regulación Urbana, con el visto bueno de la Oficialía Mayor de Desarrollo Territorial de la Alcaldía de Santa Cruz, autorizó el colocado de sellos de aprobación en los planos correspondientes al proyecto de la UNIFRANZ,
- II.2.
- a)
- c)
- III.1.
- conforme a los fundamentos expresados en la merituada SC 1319/2006-R.
- III.2.
- DISPONE
