Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0159/2007-RCA
Fecha: 12-Jun-2007
APROBAR
El Tribunal Constitucional, a través de la Comisión de Admisión, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 19.IV y 120.7a de la CPE; 7 inc. 8) y 102 de la LTC, en revisión, resuelve APROBAR la Resolución 014/2007 de 14 de abril, cursante a fs. 1401 y vta., pronunciada por la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, con la modificación de que se declara la IMPROCEDENCIA in límine del recurso planteado.
- recurso de amparo constitucional
- a)
- b)
- c)
- d)
- rechazó
- 1. rechacen el recurso, ya sea por incumplimiento de requisitos de fondo o por falta de subsanación de los requisitos de forma
- siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- 1)
- II.3. Análisis de la Resolución enviada en revisión
- aún cuando no se haya hecho uso oportuno de dicho recurso
- APROBAR