AUTO CONSTITUCIONAL 0159/2007-RCA
Fecha: 12-Jun-2007
b)
b) En julio de 2004, fue puesto en su conocimiento el informe de la Contraloría General de la República EX/FP08/S03-12 sobre "Procedimientos de Registro Contable y de Control Interno al 31 de diciembre de 2002" por lo que en su calidad de máxima autoridad ejecutiva, instruyó a las distintas áreas operativas de la institución la implantación de las recomendaciones de dicho informe además de efectuar el respectivo seguimiento, aspectos que demuestran que cumplió a cabalidad con sus funciones ejecutivas. Posteriormente la Contraloría General de la República por informe EX/FP08/S03-12 de 24 de abril de 2005 de "Seguimiento a la implantación de recomendaciones formuladas en el informe de auditoria EX/FP08/S03-12", arrojó el resultado de veintitrés recomendaciones implantadas, señalando que "en caso de que en el próximo seguimiento se establezca que al menos el 80% de las recomendaciones no se hubieran implantado totalmente, la Gerente General de ECOBOL (…) serán pasibles a las sanciones descritas en el Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública (…)", en el presente caso a la fecha ese seguimiento no fue realizado por lo que no corresponde la determinación de responsabilidad.
- recurso de amparo constitucional
- a)
- b)
- c)
- d)
- rechazó
- 1. rechacen el recurso, ya sea por incumplimiento de requisitos de fondo o por falta de subsanación de los requisitos de forma
- siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- 1)
- II.3. Análisis de la Resolución enviada en revisión
- aún cuando no se haya hecho uso oportuno de dicho recurso
- APROBAR