AUTO CONSTITUCIONAL 0159/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0159/2007-RCA

Fecha: 12-Jun-2007

c)

c) De igual modo refiere que las actuales autoridades de ECOBOL maliciosamente no tomaron en cuenta el descargo documentario que presentó en término oportuno, puesto que el Juez Sumariante no efectuó la valoración de las pruebas de acuerdo a la sana crítica y libre convicción, clasificando las mismas de acuerdo al grado de responsabilidad; además, realizó tipificación incongruente en la aplicación de sanciones pues en su caso la Contraloría General de la República aplicó el art. 16 de la LACG y para los gerentes de área el Estatuto del Funcionario Público, cuando el tratamiento debe ser igual para todos.